LCR Asociados S.A.S.
Colombia Atención virtual

Firma jurídica boutique · Colombia · Español e inglés

Tu mano derecha legal para operar en Colombia.

Sociedades, compliance, impuestos, marcas, aduanas, visas y Estado: un solo equipo de socios que lleva tu caso de principio a fin, en español o en inglés.

Acompañamos clientes en toda Colombia y, de forma virtual, en cualquier país.

LCR Asociados S.A.S. · Legal, Compliance & Risk
  • 07Áreas de práctica en una sola estrategia
  • 03Socios a cargo directo de cada caso
  • ES · ENIdiomas de trabajo
  • 01Interlocutor para todo tu caso
  • Constitución de sociedades
  • Gobierno corporativo
  • Compliance SAGRILAFT y PTEE
  • Derecho administrativo
  • Registro de marcas
  • Planeación tributaria
  • Defensa ante la DIAN
  • Visas y residencia
  • Comercio exterior

Alcance internacional

Estructuramos negocios con rigor y visión global

Acompañamos a empresas, inversionistas y familias que llegan desde el exterior, de manera virtual o presencial en toda Colombia. Hablas directamente con el abogado que lleva tu caso, en español o en inglés.

Conoce la firma

Por qué LCR

Abogados que se sientan de tu lado de la mesa.

Somos tu mano derecha y tu mayor apoyo para operar en Colombia. Así se nota en el día a día:

  1. Hablas con un socio, siempre.

    Quien te escucha es quien lleva tu caso. Sin intermediarios ni equipos rotativos.

  2. Siete frentes, una estrategia.

    Sociedades, impuestos, aduanas, marcas, compliance, visas y Estado, coordinados para que ninguna decisión choque con otra.

  3. Claridad antes de empezar.

    Desde la primera conversación sabes qué pasos, tiempos y costos implica tu caso. Sin letra pequeña.

  4. Donde estés, en tu idioma.

    Reuniones virtuales desde cualquier país o presenciales en toda Colombia, en español o en inglés.

Cómo trabajamos

Tres movimientos, una sola estrategia.

Del primer documento al día a día de tu operación.

Estructurar

Sociedad y estructura de propiedad acordes con cómo planeas financiar, tributar y, eventualmente, salir de la operación.

Proteger y habilitar

Registro de tu marca, visas para tu equipo y requisitos para importar o exportar, tramitados en el orden correcto.

Operar y cumplir

Obligaciones societarias, tributarias, aduaneras y de compliance al día, para que la estructura siga funcionando.

Los socios

Tres socios. Tres miradas. Un mismo caso: el tuyo.

Derecho migratorio y derechos humanos; derecho corporativo y contractual; y derecho aduanero, tributario y de compliance: tres perspectivas que trabajan sobre un mismo caso.

Tú te enfocas en tu negocio; nosotros, en que todo esté en regla.

LCR Asociados S.A.S. · Nuestro compromiso

Antes de escribirnos

Respuestas rápidas a lo que más nos preguntan.

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¿Cómo empiezo?

Escríbenos por WhatsApp o agenda una consulta. Escuchamos tu caso y te decimos con claridad qué pasos, tiempos y costos implica.

¿Atienden fuera de Bogotá?

Sí. Acompañamos clientes en toda Colombia y, de forma virtual, en cualquier país. Los viáticos a otras ciudades se acuerdan en cada propuesta.

¿Puedo hacer todo en inglés?

Sí. Trabajamos en español y en inglés, y hablas directamente con el socio que lleva tu caso.

¿Con qué clientes trabajan?

Empresas extranjeras y colombianas, inversionistas, importadores y exportadores, y personas y familias que llegan a vivir o trabajar en Colombia.

Mi caso toca varias áreas. ¿Quién lo coordina?

Nosotros. Los socios trabajan como un solo equipo: tienes una sola estrategia y un solo interlocutor.

Análisis y actualidad

Perspectivas Jurídicas

Cambios normativos y decisiones que vale la pena conocer antes de que te afecten.

CumplimientoOctubre de 2026

SAGRILAFT y PTEE ahora son un solo sistema: qué cambia y hasta cuándo hay plazo

La Superintendencia de Sociedades unificó los dos programas. Las empresas obligadas deben ajustar su sistema a más tardar el 31 de mayo de 2027.

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El 2 de julio de 2026, la Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa 100-000020, que modifica la Circular Básica Jurídica. Su nuevo Capítulo IX reúne en un solo régimen el SAGRILAFT y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), con el nombre de Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST.

Entre los cambios, la corrupción local pasa a ser una categoría expresa de riesgo. Mientras se hace la transición, los sistemas vigentes siguen siendo válidos.

Qué hacer ahora: confirmar si tu empresa sigue obligada, comparar tu manual y tu matriz de riesgos con el nuevo capítulo y planear el ajuste con tiempo. Quien adquiera por primera vez la calidad de obligado tendrá hasta el 31 de mayo del año siguiente para implementarlo.

TributarioOctubre de 2026

Requerimiento especial de la DIAN: los plazos que no puedes dejar vencer

Tienes tres meses para responderlo. Si llega una liquidación oficial, dos meses para el recurso de reconsideración.

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El requerimiento especial es el acto con el que la DIAN propone modificar tu declaración. Según el artículo 707 del Estatuto Tributario, tienes tres meses desde su notificación para responderlo por escrito, con tus objeciones y las pruebas que las soportan.

Si la DIAN mantiene su posición y expide una liquidación oficial, el recurso de reconsideración se presenta dentro de los dos meses siguientes a su notificación (artículo 720). Lo que no se discuta a tiempo en esta etapa es difícil de recuperar después en un juicio.

Por eso conviene preparar la respuesta con soportes contables y jurídicos desde el primer requerimiento, y no esperar al último día del plazo.

Responsabilidad del EstadoOctubre de 2026

Daños a conscriptos: cuándo responde el Estado

Quien presta el servicio militar obligatorio no escoge asumir sus riesgos. Si sufre un daño durante el servicio, el Estado debe repararlo.

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El artículo 90 de la Constitución obliga al Estado a responder por los daños antijurídicos que le sean imputables. Para el Consejo de Estado, el conscripto está en una relación especial con el Estado: este lo expone a riesgos que no eligió y debe devolverlo a la vida civil en las mismas condiciones en que ingresó.

La reclamación se hace con una demanda de reparación directa, que por regla general debe presentarse dentro de los 2 años siguientes al hecho o a cuando se conoció. Por eso conviene consultar pronto.

MarcasOctubre de 2026

Registra tu marca antes de lanzarla

En Colombia, el derecho exclusivo sobre una marca se adquiere con el registro ante la SIC, no con el uso.

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La Decisión 486 de la Comunidad Andina, que rige en Colombia, establece que el derecho al uso exclusivo de una marca se adquiere por su registro ante la oficina nacional competente, que en Colombia es la Superintendencia de Industria y Comercio.

El registro dura 10 años y se puede renovar por periodos iguales. Antes de invertir en logo, empaques o dominio web, una búsqueda de antecedentes te dice si existe una marca igual o parecida que pueda bloquear la tuya.

Conversemos.

Tu próximo paso en Colombia empieza con una conversación.

Cuéntanos qué necesitas. En la primera conversación entendemos tu operación y te decimos con claridad qué pasos, tiempos y costos implica.

Lo que nos cuentes es confidencial y se trata conforme a nuestra política de datos personales.